Política de Prevención de Tráfico Ilícito de Flora y Fauna
El tráfico de flora y fauna es un delito. En el Código Penal Colombiano se establecen penas de hasta 90 meses de cárcel y multas hasta de 15.000 salarios mínimos para quienes incurran en este delito.
Si se encuentra con personas que venden flora y fauna protegida debe denunciar ante la Policía Nacional.
NO consuman ni huevos ni carne de origen silvestre.
NO realice pesca de especies protegidas o en veda.
El Código Penal Colombiano determina como delito el aprovechamiento ilícito de los recursos naturales renovables, entendido como la apropiación, introducción, explotación, transporte, la tenencia, tráfico, comercio, exploración, aprovechamiento o el beneficio propio de los especímenes, productos o partes de los recursos fáunicos, forestales, florísticos, hidrobiológicos, biológicos o genéticos de la biodiversidad colombiana.

Razones por las cuales No se debe tener Fauna Silvestre
- Es un delito tipificado en la normatividad ambiental colombiana (decreto 1608 de 1978) y penal (Ley 599 de 2000).
- Requieren de alimento especializado y variado que sólo consiguen en la naturaleza.
- Necesitan espacio y ambientes naturales para poderse reproducir y evitar su extinción.
- Les es indispensable la compañía y enseñanzas de individuos de su misma especie para estimular su supervivencia.
- Inevitablemente el animal en cautiverio termina por demostrar un comportamiento agresivo y temperamental, en muchos casos sin provocación alguna, llegando a convertirse en amenaza para el ser humano.
- Fuera de su hábitat no pueden realizar funciones importantísimas como por ejemplo: dispersar semillas y controlar plagas para mantener el equilibro en los ecosistemas.
- Se enferman, deprimen y debilitan, muchas veces sin importar lo bien que los queramos tratar, condición que los lleva a la muerte en poco tiempo.
- Cuando compras una “mascota” de fauna silvestre, estas fomentando el tráfico ilegal, estas pagando por la destrucción del planeta y estas contribuyendo con la extinción de las especies.
- Por cada ejemplar enjaulado y/o secuestrado, 10 individuos han muerto en el proceso de apresamiento, transporte y comercialización.
- Son portadores de muchas enfermedades que pueden transmitir a los humanos o a los animales domésticos (enfermedades zoonóticas) ocasionándoles graves dolencias e inclusive la muerte.
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