Política de Prevención de Tráfico Ilícito de Flora y Fauna

El tráfico de flora y fauna es un delito. En el Código Penal Colombiano se establecen penas de hasta 90 meses de cárcel y multas hasta de 15.000 salarios mínimos para quienes incurran en este delito.

Si se encuentra con personas que venden flora y fauna protegida debe denunciar ante la Policía Nacional.

NO consuman ni huevos ni carne de origen silvestre.

NO realice pesca de especies protegidas o en veda.

El Código Penal Colombiano determina como delito el aprovechamiento ilícito de los recursos naturales renovables, entendido como la apropiación, introducción, explotación, transporte, la tenencia, tráfico, comercio, exploración, aprovechamiento o el beneficio propio de los especímenes, productos o partes de los recursos fáunicos, forestales, florísticos, hidrobiológicos, biológicos o genéticos de la biodiversidad colombiana.

Razones por las cuales No se debe tener Fauna Silvestre

 

 

 

  • Es un delito tipificado en la normatividad ambiental colombiana (decreto 1608 de 1978) y penal (Ley 599 de 2000).
  • Requieren de alimento especializado y variado que sólo consiguen en la naturaleza.
  • Necesitan espacio y ambientes naturales para poderse reproducir y evitar su extinción.
  • Les es indispensable la compañía y enseñanzas de individuos de su misma especie para estimular su supervivencia.
  • Inevitablemente el animal en cautiverio termina por demostrar un comportamiento agresivo y temperamental, en muchos casos sin provocación alguna, llegando a convertirse en amenaza para el ser humano.
  • Fuera de su hábitat no pueden realizar funciones importantísimas como por ejemplo: dispersar semillas y controlar plagas para mantener el equilibro en los ecosistemas.
  • Se enferman, deprimen y debilitan, muchas veces sin importar lo bien que los queramos tratar, condición que los lleva a la muerte en poco tiempo.
  • Cuando compras una “mascota” de fauna silvestre, estas fomentando el tráfico ilegal, estas pagando por la destrucción del planeta y estas contribuyendo con la extinción de las especies.
  • Por cada ejemplar enjaulado y/o secuestrado, 10 individuos han muerto en el proceso de apresamiento, transporte y comercialización.
  • Son portadores de muchas enfermedades que pueden transmitir a los humanos o a los animales domésticos (enfermedades zoonóticas) ocasionándoles graves dolencias e inclusive la muerte.

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